¿Qué necesitas saber sobre autoconsumo colectivo?
Respondemos a las preguntas que te puedas plantear sobre autoconsumo colectivo.
Respondemos a las preguntas que te puedas plantear sobre autoconsumo colectivo.
Conoce toda la regulación y la normativa actual en materia de autoconsumo para poder decidir cómo la quieres llevar a cabo.
El autoconsumo es el uso de energía eléctrica producida en una instalación cercana al punto de consumo y vinculada a una o varias personas consumidoras. Puede ser individual o colectivo.
Modalidad | Qué significa |
Autoconsumo sin excedentes | La instalación tiene un sistema anti-vertido. Por eso, la energía sobrante no se inyecta a la red. |
Autoconsumo con excedentes | La instalación puede cubrir su consumo y, además, verter a la red la energía sobrante. |
Cómo puede conectarse la instalación
Tipo de conexión | Cuando aplica |
Instalación próxima de red interior | Cuando la instalación se conecta a la red interior de las personas consumidoras o mediante líneas directas. |
Instalación próxima a través de red | Cuando la instalación se conecta por la red de distribución y se cumple alguna de estas condiciones: pertenece a la misma red de baja tensión del centro de transformación; si está en baja tensión, la distancia entre generación y consumo es inferior a 2.000 m o 500 m, según la tecnología; o ambas están dentro de la misma referencia catastral. |
La regulación detallada de estas modalidades y de sus requisitos se recoge en el Real Decreto 244/2019. También puede consultar la guía del IDAE sobre tramitación del autoconsumo. (Fuente: Guía de Tramitación del Autoconsumo IDAE)
¿Qué trámites debes hacer con nosotros?
Si tu instalación es de autoconsumo con excedentes, estos son los trámites principales:
1. Solicitud de acceso y conexión
Debes presentar una solicitud de acceso y conexión de generación con nosotros, como empresa distribuidora.
No necesitas este trámite si su instalación cumple todos estos requisitos:
Puedes presentar la solicitud en el área privada de nuestra web.
2. Respuesta a la propuesta previa
Si has solicitado acceso y conexión, le responderemos con:
3. Actuaciones en la red de distribución
Si aceptas las condiciones técnicas y económicas, emitiremos los permisos de acceso y conexión y realizaremos las actuaciones técnicas necesarias para conectar tu instalación.
4. Contrato Técnico de Acceso (CTA)
El CTA regula la relación técnica entre nosotros y tú desde el momento de la conexión. Puedes solicitarlo en el servicio “Solicitud CTA” del área privada.
Si tu instalación no necesita trámite de acceso y conexión, no será necesario firmar un CTA.
5. Verificación de la configuración de medida
Cuando la instalación esté terminada y legalizada, debemos comprobar la configuración de medida antes de conectarla a la red.
Debes solicitar esta verificación por correo electrónico a: Inspeccionautoconsumo@enel.com.
Esta comprobación se realiza conforme al Real Decreto 1110/2007.
6. Certificados del encargado de lectura y del gestor de red
Si necesitas inscribir tu instalación como productora, debes pedirnos los certificados previstos en el artículo 39.1.d) del Real Decreto 413/2014.
Puede solicitarlos en: Conexiones.edistribucion@enel.com.
7. Actualización del contrato con tu comercializadora
Para que tu contrato de suministro recoja la modalidad de autoconsumo elegida, debes contactar con tu comercializadora y pedir la actualización del contrato.
Cuando ese contrato esté adaptado, la instalación podrá entrar en servicio.
Si tu instalación tiene excedentes, podrás compensarlos en factura cuando la potencia sea de hasta 100 kW, o venderlos en el mercado, según la modalidad elegida.
Caso específico: instalaciones próximas a través de la red de distribución
Si tu instalación es próxima a través de red de distribución, necesitas un nuevo punto de conexión, tienes una potencia de producción igual o inferior a 15 kW y estás en suelo urbanizado con las dotaciones y servicios exigidos por la normativa urbanística, debes presentar una petición para que valoremos y gestionemos:
Aquí encontrarás toda la información relevante para la conexión de instalaciones de autoconsumo.
Sí. No se limita a la energía fotovoltaica. También puede aplicarse a otras tecnologías, como la eólica o la hidráulica.
Intentamos responder lo antes posible. En general, el plazo de respuesta para instalaciones de hasta 100 kW es de dos semanas.
El coste depende de varios factores, como el tamaño de la instalación, la tecnología elegida o la ubicación. Un instalador profesional puede estudiar tu caso y recomendarte la mejor opción.
No. La instalación debe realizarla un instalador autorizado.
Según el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT), debe ser especialista en instalaciones generadoras de baja tensión. Además, para que la instalación sea legal, el instalador debe certificarla y la empresa distribuidora debe dar su conformidad.
Solo si tu instalación está acogida a una modalidad de autoconsumo con excedentes.
Las instalaciones sin excedentes deben llevar un sistema anti-vertido. Por eso, no pueden inyectar energía a la red.
Notificaciones Operacionales
El Real Decreto 647/20 establece varias notificaciones previas a la puesta en servicio efectiva de los módulos de generación de electricidad.
La instalación estará lista para operar con normalidad cuando quede inscrita de forma definitiva en el registro RAIPEE, para lo que antes deberá obtener las notificaciones operacionales.
Puede solicitarlas en el área privada de nuestra web, en la ruta: Más > Servicio para productores > Notificaciones operacionales.
El Código de Autoconsumo (CAU) identifica de forma única cada instalación de autoconsumo, porque relaciona todos los puntos de consumo y de generación asociados a ella.
Es un código de 26 dígitos que proporciona la empresa distribuidora. Puede solicitarlo el instalador, el cliente final, el promotor o cualquier representante del cliente.
Necesitará el CAU para estos trámites:
¿Dónde solicitar el CAU? Tienes un acceso directo desde el área privada de la web de e-distribución pinchando aquí.
Pincha aquí para realizar una consulta mediante formulario. Y para una óptima gestión de tu necesidad, si se trata de aportación de información/documentación de un expediente en curso o facturación/transferencias bancarias, realiza tu gestión mediante correo a conexiones.edistribucion@enel.com
Puedes pedirlo a través del servicio de solicitud CTA del área privada. También dispones de una guía de apoyo en la web.
Más información y consultas
Si quieres hacer una consulta general sobre autoconsumo, puedes usar el formulario web.
Si necesitas aportar documentación de un expediente en curso o tratar cuestiones de facturación o transferencias bancarias, puedes escribirnos a conexiones.edistribucion@enel.com.
Normativa de referencia
Si necesita validar el fichero TXT con los coeficientes de reparto, puede usar el formulario disponible en la web.
El validador revisa errores de formato del fichero. No comprueba si los CUPS son incorrectos o inexistentes.