Autoconsumo

Información sobre modalidades, trámites y normativa

    En esta página te explicamos qué es el autoconsumo, qué modalidades existen, qué trámites debes hacer con nosotros y dónde puedes solicitar cada gestión. Al final encontrarás la normativa de referencia.
Autoconsumo colectivo y normativa

 

Qué es el autoconsumo

El autoconsumo es el uso de energía eléctrica producida en una instalación cercana al punto de consumo y vinculada a una o varias personas consumidoras. Puede ser individual o colectivo.

Modalidad

Qué significa

Autoconsumo sin excedentes

La instalación tiene un sistema anti-vertido. Por eso, la energía sobrante no se inyecta a la red.

Autoconsumo con excedentes

La instalación puede cubrir su consumo y, además, verter a la red la energía sobrante.

Cómo puede conectarse la instalación

Tipo de conexión

Cuando aplica

Instalación próxima de red interior

Cuando la instalación se conecta a la red interior de las personas consumidoras o mediante líneas directas.

Instalación próxima a través de red

Cuando la instalación se conecta por la red de distribución y se cumple alguna de estas condiciones: pertenece a la misma red de baja tensión del centro de transformación; si está en baja tensión, la distancia entre generación y consumo es inferior a 2.000 m o 500 m, según la tecnología; o ambas están dentro de la misma referencia catastral.

 

La regulación detallada de estas modalidades y de sus requisitos se recoge en el Real Decreto 244/2019. También puede consultar la guía del IDAE sobre tramitación del autoconsumo. (Fuente: Guía de Tramitación del Autoconsumo IDAE)

¿Qué trámites debes hacer con nosotros?

Si tu instalación es de autoconsumo con excedentes, estos son los trámites principales:

1. Solicitud de acceso y conexión

Debes presentar una solicitud de acceso y conexión de generación con nosotros, como empresa distribuidora.
No necesitas este trámite si su instalación cumple todos estos requisitos:

  • tiene excedentes;
  • la potencia de generación es igual o inferior a 15 kW;
  • está en suelo urbanizado con las dotaciones y servicios exigidos por la normativa urbanística;
  • y se conecta en red interior.

Puedes presentar la solicitud en el área privada de nuestra web.

2. Respuesta a la propuesta previa

Si has solicitado acceso y conexión, le responderemos con:

  • el punto de conexión a la red de distribución;
  • y las condiciones técnicas y económicas de las actuaciones que, en su caso, haya que hacer en la red.

3. Actuaciones en la red de distribución

Si aceptas las condiciones técnicas y económicas, emitiremos los permisos de acceso y conexión y realizaremos las actuaciones técnicas necesarias para conectar tu instalación.

4. Contrato Técnico de Acceso (CTA)

El CTA regula la relación técnica entre nosotros y tú desde el momento de la conexión. Puedes solicitarlo en el servicio “Solicitud CTA” del área privada.
Si tu instalación no necesita trámite de acceso y conexión, no será necesario firmar un CTA.

5. Verificación de la configuración de medida

Cuando la instalación esté terminada y legalizada, debemos comprobar la configuración de medida antes de conectarla a la red.
Debes solicitar esta verificación por correo electrónico a: Inspeccionautoconsumo@enel.com.
Esta comprobación se realiza conforme al Real Decreto 1110/2007.

6. Certificados del encargado de lectura y del gestor de red

Si necesitas inscribir tu instalación como productora, debes pedirnos los certificados previstos en el artículo 39.1.d) del Real Decreto 413/2014.
Puede solicitarlos en: Conexiones.edistribucion@enel.com.

7. Actualización del contrato con tu comercializadora

Para que tu contrato de suministro recoja la modalidad de autoconsumo elegida, debes contactar con tu comercializadora y pedir la actualización del contrato.
Cuando ese contrato esté adaptado, la instalación podrá entrar en servicio.
Si tu instalación tiene excedentes, podrás compensarlos en factura cuando la potencia sea de hasta 100 kW, o venderlos en el mercado, según la modalidad elegida.

Caso específico: instalaciones próximas a través de la red de distribución

Si tu instalación es próxima a través de red de distribución, necesitas un nuevo punto de conexión, tienes una potencia de producción igual o inferior a 15 kW y estás en suelo urbanizado con las dotaciones y servicios exigidos por la normativa urbanística, debes presentar una petición para que valoremos y gestionemos:

  • los trabajos de conexión reservados a la empresa distribuidora;
  • y, en su caso, el suministro de servicios auxiliares.

Guía para conexión de instalaciones de autoconsumo

Aquí encontrarás toda la información relevante para la conexión de instalaciones de autoconsumo.

Preguntas frecuentes
Autoconsumo eléctrico

Más información y consultas

Si quieres hacer una consulta general sobre autoconsumo, puedes usar el formulario web.
Si necesitas aportar documentación de un expediente en curso o tratar cuestiones de facturación o transferencias bancarias, puedes escribirnos a conexiones.edistribucion@enel.com.

Normativa de referencia

  • Real Decreto 244/2019.
  • Real Decreto 1110/2007.
  • Artículo 39.1.d) del Real Decreto 413/2014.
  • Real Decreto 647/20.
  • Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT).
  • Guía de Tramitación del Autoconsumo del IDAE. 

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