Procedimiento para la puesta en servicio de nuevos módulos de generación de electricidad
¿Qué procedimiento debes seguir para poner en servicio un módulo de generación de electricidad conectado a la red de distribución en sistemas eléctricos no peninsulares, a quién aplica y qué notificaciones son necesarias según la normativa vigente?
- Instalaciones de autoconsumo sin excedentes.
- Instalaciones de autoconsumo con excedentes de potencia igual o inferior a 15 kW, siempre que:
- Estén ubicadas en suelo urbanizado.
- Dispongan de las dotaciones y servicios exigidos por la normativa urbanística.
- Notificación Operacional Definitiva (FON): notificación emitida por el GRD al titular de un MGE y le permite operar un MGE mediante el uso de la conexión a la red. El titular debe aportar el “Certificado Final de MGE” según está definido en la Norma Técnica de Supervisión de la Conformidad para generadores SENP.
- Notificación Operacional Limitada (LON): Derogada desde el 2/10/2024, en virtud de lo indicado en el artículo 41 del RD 8/23.
- Real Decreto 647/2020, de 7 de julio.
- Reglamento (UE) 2016/631.
- Real Decreto‑ley 8/2023 (derogación de la LON).
1. Marco normativo
Este procedimiento se basa en el Real Decreto 647/2020, de 7 de julio, que regula la aplicación de los códigos de red de conexión para determinadas instalaciones eléctricas.
A partir de esta norma, los Gestores de la Red de Distribución (GRD) han definido una guía específica de puesta en servicio para módulos de generación conectados a redes no peninsulares.
2. ¿A quién aplica este procedimiento?
Este procedimiento aplica a los nuevos Módulos de Generación de Electricidad (MGE) del Sistema Eléctrico No Peninsular, excepto en los siguientes casos:
3. ¿Qué procedimiento debes seguir?
Si eres titular de un Módulo de Generación de Electricidad, debes solicitar al Gestor de la Red de Distribución una serie de notificaciones operacionales, definidas en el Reglamento (UE) 2016/631.
Estas notificaciones permiten conectar el módulo a la red y comenzar su operación de forma progresiva y controlada.
4. Tipos de notificaciones operacionales
Notificación | Qué permite | Cuándo se emite |
EON – Not | Autoriza la energización de la red interna del módulo | Antes de energizar la instalación |
ION | Permite operar de forma provisional e iniciar pruebas de conformidad | Durante un periodo limitado |
FON | Autoriza la operación definitiva del módulo conectado a la red | Tras superar las pruebas y entregar la documentación |
LON | Derogada desde el 2/10/2024 | No aplicable |
Para obtener la Notificación Operacional Definitiva (FON), debes aportar el Certificado Final del MGE, conforme a la Norma Técnica de Supervisión de la Conformidad para generadores SENP.
5. Documentación y guía del procedimiento
Puedes consultar el detalle completo del procedimiento, la documentación requerida y los plazos en la:
Marco normativo (información complementaria)